¿Qué son las operaciones sospechosas y cómo gestionarlas?

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Creado el:   julio 06, 2022
Actualizado el:   junio 24, 2024
¿Qué son las operaciones sospechosas y cómo gestionarlas?
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En la lucha contra los delitos de lavado de dinero y financiación del terrorismo, las empresas de cualquier sector y tamaño deben tener la capacidad para identificar operaciones sospechosas e inusuales de sus contrapartes. Estas operaciones deben ser reportadas a las unidades de información financiera (UIF) de cada país.

En este artículo de la Academia Pirani te contamos qué son las operaciones sospechosas, algunos ejemplos y qué debe hacer el oficial de cumplimiento cuando identifica una operación de este tipo.

¿Qué es una operación sospechosa?

Una operación sospechosa, de acuerdo con el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT, es toda aquella operación de un cliente que sea irregular o extraña. Se trata de una operación “compleja, inusual o que no tiene un propósito económico o lícito aparente”. 

Y, tal como lo define la Unidad de Información y Análisis Financiero de Colombia, la UIAF, una operación sospechosa es aquella que “por su número, cantidad o características no se enmarca dentro del sistema y prácticas normales del negocio, de una industria o de un sector determinado y que además, con los usos y costumbres de la actividad que se trate no ha podido ser razonablemente justificada”. 

En síntesis, podemos entender por operación sospechosa toda acción que no coincide con el perfil financiero o transaccional de un cliente y con sus actividades regulares, es decir, aquello que se sale de lo normalmente conocido. 

Y en la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo es clave saber identificar y tener en cuenta estas operaciones, pues pueden alertar sobre un posible caso de estos delitos por parte del cliente o tercero con el que se tiene una relación comercial. 

Ejemplos de operaciones sospechosas

Los oficiales de cumplimiento de las empresas son los principales responsables de identificar y estar al tanto de las actividades y operaciones que llevan a cabo las contrapartes, para esto es necesario conocer muy bien a los clientes. 

El conocimiento del cliente es posible gracias a un adecuado procedimiento de debida diligencia que, en general, sirve para identificar a la contraparte y verificar su identidad por medio de documentos, datos e información confiable. 

Con base en esta información de la contraparte, la empresa debe establecer qué acciones pueden ser consideradas como sospechosas o inusuales, es decir, aquellas que por su naturaleza o cantidad no tengan relación con la actividad del cliente, que se salen de los parámetros de normalidad y no tienen una justificación razonable. 

Entre otras, algunas operaciones que pueden considerarse como sospechosas son:

  • Transacciones cuyo valor no coincida con el perfil del cliente, su situación financiera y su historial. 
  • Movimientos inesperados e inusuales en las operaciones y en el manejo de las cuentas.
  • Depósitos y transferencias de pequeñas cantidades que de inmediato son transferidas a cuentas bancarias de otros países.
  • Operaciones que demuestren un cambio repentino e injustificado.
  • Declarar diferentes cuentas bancarias o modificarlas constantemente.
  • Negarse a proporcionar datos o documentos requeridos para verificación o actualización de información.
  • Suministro de información y documentación alterada.
  • Operaciones que involucren países o jurisdicciones consideradas como “paraísos fiscales” o “no cooperantes” por parte del Grupo de Acción Financiera Internacional, GAFI.
  • Cuando haya indicios sobre el origen o destino ilegal de los fondos de las operaciones.
  • Cuentas con grandes transacciones en efectivo.
  • Cuentas sin referencias claras, por ejemplo: dirección, documento de identidad, soportes laborales y financieros, etc.
  • Solicitar, coaccionar o sobornar a un funcionario para que modifique el histórico o el registro de una transacción.

Además de estar al tanto de acciones como las anteriores, que podrían significar un caso de lavado de activos provenientes de actividades ilícitas, es importante y recomendable que el oficial de cumplimiento, y en general todo el personal, esté actualizado sobre lo que pasa en la zona donde opera la empresa y de todos los hechos que podrían afectar y poner en riesgo la operación y la reputación.

Reporte de operaciones sospechosas (ROS) por parte del oficial de cumplimiento

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Otra de las funciones del oficial del cumplimiento con respecto a las operaciones sospechosas es reportarlas ante la unidad de información financiera, UIF, de cada país, es decir, el organismo público que se encarga de recibir y analizar la información financiera de las empresas obligadas.

En Colombia, por ejemplo, este reporte debe hacerse ante la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF. Las empresas obligadas deben reportar todas las operaciones sospechosas que sean detectadas en sus negocios, no hacerlo podría traer consecuencias.

En Chile este reporte se hace ante la Unidad de Análisis Financiero, UAF. Y en México y Costa Rica, por mencionar otros países de la región, el organismo que recibe a los oficiales de cumplimiento el reporte de operaciones sospechosas es la Unidad de Inteligencia Financiera, UIF. 

Y aunque cada país establece unos lineamientos para la presentación de este reporte, todos tienen en común que el ROS no representa una denuncia, es un informe que se hace de manera confidencial y constituye información útil para llevar a cabo la investigación financiera y poder detectar y determinar si efectivamente hay señales de posibles casos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. 

Sin duda, el ROS es una herramienta clave para la prevención y control de estos delitos, por eso, todas las empresas deben tener la capacidad de detectar las operaciones sospechosas de sus contrapartes y ahora con Pirani esto también será posible.

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Temas: LAFT/PLD
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